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Editorial

La decisión de la UE sobre los aviones de Obiang es totalmente coherente y ajustada a derecho


publicado por: Celestino Okenve el 29/06/2006 20:56:38 CET

La UE ha actuado coherentemente sobre los aviones presidenciales de Guinea

Madrid 29 junio 2006.-

El dia 28 de enero de 2004, Loyola de Palacio, vicepresidenta de la Comission europea y encargada de transportes y de energia, saludó el acuerdo logrado entre el Parlamento Europeo y el Consejo sobre un sistema de control de los aviones de países terceros que utiizan aeropuertos comunitarios.

En la introducción de este acuerdo, se lee:

”El nivel de seguridad de algunos países terceros es sensiblemente inferior al de los estados miembros de la Comunidad. Pero las aeronaves de esos países terceros utilizan los aeropuertos y transportan ciudadanos de la Comunidad. Hasta la fecha, la Unión Europea no tenía competencia para prohibir o limitar la utilización de los aviones o de las compañías de terceros países. Su responsabilidad estaba limitada a los aviones registrados en la Comunidad y cuyo mantenimiento está puesto desde septiembre pasado bajo la autoridad de la Agencia Europea de la Aviación Civil. Esta agencia no se extiende a los aviones matriculados en terceros países.

Es responsabilidad por tanto de los estados miembros asegurar la vigilancia y tomar las medidas necesarias. Esta vigilancia se hace, de acuerdo con la convención de Chicago (OACI), en relación a los estandares de seguridad internacionales y no en relación a las reglas de seguridad europeas que pueden ser más restrictivas y precisas....”

Una de las medidas aprobadas es la LISTA NEGRA, una herramienta poderosa de la Comisión Europea que permite prohibir compañías o países enteros.

Además de la función de vigilancia, la lista negra informa a los ciudadanos europeos sobre qué compañías no disponen de las garantías mínimas de seguridad, para que no vuelen en ellas.

Algunos países son utilizados para matricular aviones que en otros países no serían matriculados (bandera de conveniencia). La bandera de conveniencia indica que esos países no exigen garantías a los aviones ni fiscalizan las actividades aeronáuticas o simplemente se les cobra unos derechos muy bajos. la bandera de convivencia pone en peligro la seguridad y la libre competencia. Guinea Ecuatorial es un ejemplo de bandera de conveniencia y tiene una larga historia de matrículas fraudulentas de aviones. Algunos traficantes de drogas y de armas utilizan aviones matriculados en Guinea a cambio de unos miles de euros que reciben las autoridades corruptas de Guinea (Fausto Abeso Fuma y Eló Ndong). Y por supuesto las autoridades guineanas no exigen seguros de pasajeros, ni seguros por daños en tierra, ni tripulación nacional con licencias, ni revisiones periódicas a los aviones y motores.

En la lista negra de la Unión Europea distribuida el 22 de marzo de este año 2006, se prohiben todos los aviones y compañías de 5 países africanos: Congo (RDC), Liberia, Sierra Leona, Swazilandia y Guinea Ecuatorial.
Para ser más precisos, en el caso de Guinea, el documento dice que

”se prohiben todas las compañias que han sido certificadas por las autoridades con responsabilidad para el control regulatorio en Guinea Ecuatorial, entre las que se incluyen:

Air Consul SA RCS,
Avirex Guinee Equatoriale AXG,
COAGE – Compañía Aerea de Guinea Ecuatorial COG,
Ecuato Guineana de Aviacion ECV,
Ecuatorial Cargo EQC,
GEASA – Guinea Ecuatorial Airlines SA GEA,
GETRA - Guinea Ecuatorial de Transportes Aéreos GET,
Jetline Inc. JLE,
KNG Transavia Cargo VCG,
Prompt Air GE SA POM,
UTAGE – Union de Transportes Aereos de Guinea Ecuatorial UTG”

En este primer listado estaba claro que la prohibición afectaba a TODAS LAS COMPAÑIAS matriculadas en Guinea Ecuatorial. Por si quedaban dudas, la lista quedó ampliada después con otras compañías y los dos aviones presidenciales. Y todavía faltan compañías en la nueva lista aunque está claro que la prohibición de vuelo se refiere a todos los aviones con matrícula de Guinea Ecuatorial.

Aunque los aviones presidenciales pudieran estar bien mantenidos, lo que queda claro es que las autoridades aeronauticas guineanas no realizan su función de forma correcta o no tienen autoridad total sobre los aviones o compañías del presidente-empresario.

Cuando Obiang anuló parcialmente la orden de prohibición del ministerio de Transpoportes para incluir los aviones de GEASA (Teodorín) y Ecuatorial Cargo (Obiang), quitando así autoridad al ministerio que debe ser el unico que controla la materia aeronautica, estaba invitando a la Unión Europea a que incluyera los aviones presidenciales, porque estaba claro que el ministerio de Transportes no tiene autoridad en los aviones del presidente y además no tiene la infraestructura para poder gestionar la autoridad aeronáutica en el resto de los aviones.

Por tanto la inclusión de los aviones presidenciales en la lista negra es totalmente coherente con los principios: Guinea no cumple su función de autoridad aeronautica y sus matrículas no son garantía.

Veremos en qué quedan las amenazas de Obiang a la Unión Europea. Obiang podría prohibir, sin ajustarse a derecho, el vuelo de las compañías europeas a Guinea para forzar la retirada de la decisión comunitaria.
Pero mucho nos tememos que aunque la UE quisiera cambiar la decisión, un recurso de cualquier ciudadanos europeo podría de nuevo incluir los aviones presidenciales en la lista, hasta que se demuestre que en Guinea hay una autoridad aeronautica competente que hace cumplir la ley incluso al presidente del país. Si Obiang desprecia las leyes nacionales y internacionales, debe empezar a sufrir las consecuencias.


Fuente: propia

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Véase también la declaración sobre el uso de seudónimos

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