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Editorial

Obiang Nguema: Ejecuta un plan de saneamiento de la justicia ya y deja de criticar a los jueces, porque eres el culpable directo de la falta de justicia en Guinea


publicado por: Celestino Okenve el 18/01/2006 16:35:57 CET

Ayer martes 17 de enero, el presidente Teodoro Obiang Nguema arremetió contra la impunidad de los jueces que ”desnaturalizan el concepto de justicia” en Guinea Ecuatorial, durante la ceremonia de apertura del año judicial, que fué difundida por la televisión estatal.

Según Obiang, ”la independencia judicial no implica la impunidad de los jueces y magistrados cuando éstos desnaturalizan el concepto de justicia”. En otro momento de su discurso Obiang denunció ”la ambición de ciertos magistrados por los bienes materiales, lo que lleva a la corrupción administrativa y a la falta de transparencia”. Luego continuó ”no se puede ser al mismo tiempo juez y parte en el mismo caso”. ”¿Cómo se puede administrar la justicia cuando se tienen intereses en los asuntos juzgados?”, continuó Obiang.

Obiang advirtió en otro pasaje que había que actuar con rigor contra los que actúan impunemente y desnaturalizan la administración de la justicia.

La información de agencia atribuye a Obiang la presidencia del Consejo Superior del Poder Judicial, un órgano que hasta la fecha no consta que se hubiera creado al amparo de ninguna Ley, ya que el desarrollo que la constitución encarga se haga sobre el poder judicial no se ha realizado todavía ni por ley ni de forma administrativa, ni tampoco se ha desarrollado ninguna ley sobre el Habeas corpus. Cada vez que los abogados guineanos han querido utilizar la figura del Habeas corpus para los detenidos, se han encontrado con la inadmisión a trámite ”de facto” de este procedimiento poderoso de garantías de los derechos de los ciudadanos.

En el acto de inauguración del año judicial del año pasado, Obiang también atacó al sistema judicial diciendo que Guinea Ecuatorial jamás había tenido un sistema judicial propiamente dicho desde el año 1968. En el año 2003, en el mismo acto, Obiang había prometido que se tomarían medidas contra los jueces que incurrieran en prácticas corruptas o ilegales.

En aquellas ocasiones el presidente Obiang tenía razón. En esta ocasión también la tiene.

Pero resulta que es el mismo Obiang quien nombra a los jueces y magistrados a dedo sin seguir ningún esquema formal basado en ninguna ley, la del poder judicial, que todavía no existe. No hay una carrera judicial, los jueces no tienen formación judicial y como mucho algunos son sólo licenciados en Derecho y además estos licenciados lo son de distintos perfiles curriculares, lo que supone que sus filosofías se basan en distintos esquemas y principios doctrinales del derecho, tanto en lo conceptual -principios del derecho- como en los procedimientos o prácticas judiciales. Por ejemplo, el sistema judicial chino, basado en la dictadura de los mandarines chinos y que se prolonga hasta le fecha con el partido comunista chino en el poder, no puede jamás ser aplicado en Guinea. Haber estudiado derecho en China es tan útil en Guinea para ejercer el derecho como ser experto en los ciclos del gusando de seda. Lo mismo puede aplicarse a los que dicen ”haber estudiado derecho en Rusia”. El sistema jurídico en Guinea debe basarse o se basa en la tradición occidental, a la que se puede en su dia añadir elementos del derecho africano tradicional, siempre usando el formalismo como metodología y buscando la excelencia en el derecho moderno guineano, que debe abrazar entre otras cosas la erradicación de la pena de muerte.

Los funcionarios actuales de las oficinas judiciales no lo son por haber seguido un sistema de méritos por oposición, sino que han sido nombrados a dedo y no se conoce la cantidad de funcionarios judiciales que existen. Los jueces son nombrados por Obiang sin seguir ningún criterio de ninguna Ley. Los jueces no tienen poder para que se ejecuten sus mandamientos judiciales ya que los militares, todos ellos analfabetos, ejercen de jueces y encarcelan sin orden judicial. Las órdenes judiciales no son ejecutadas por la policía como se hace en TODOS LOS PAISES DEL MUNDO. Si un alto cargo militar resulta sentenciado con multa o cárcel en un juicio donde el bruto va armado, permanece tranquilamente en su casa. Los presos no están a la disposición de ningún juez como se hace EN TODAS LAS PARTES DEL MUNDO, sino que son responsabilidad del militar - cualquier militar de los muchos que existen- que los haya detenido, tal como han denunciado en numerosas ocasiones los relatores de derechos humanos, que han pedido siempre el fin de estas prácticas abusivas, ilegales y criminales.

El presidente Obiang tiene razón al criticar el sistema judicial, pero al hacerlo se crítica a sí mismo y si hay que tomar medidas para sanear el maloliente sistema judicial guineano -anárquico, corrupto y criminal- debe ser el mismo Obiang quien se aparte del poder judicial. Obiang no es presidente de ningún órgano judicial. Si ha ido a inaugurar el año judicial, una práctica heredada de España que es buena para hacer un balance del año judicial que acaba, lo ha hecho en calidad de jefe de Estado y por tanto, de garante teórico de las instituciones a las que debe lealtad.

Al parecer Obiang le ha sugerido al joven Sergio Abeso Tomo que tiene toda la confianza depositada en él. Pero Sergio es muy joven, no tiene poder sobre ninguna policía judicial, no es él quien ha nombrado a los jueces. Si Abeso Tomo empieza a limpiar los juzgados de funcionarios corruptos, se ganará la enemistad de muchísima gente y nadie se lo va a agradecer. Obiang siempre utiliza la trampa de dar confianza en conversaciones privadas a la gente, para que éstos se quemen intentando poner orden a una anarquía que beneficia al propio Obiang. Y cuando se queman, Obiang pone la cabeza del supuesto ”hombre de confianza” como culpable y va a por otro para quemarle. Una vez depuesto al culpable que fué hombre de confianza en su día, le nombra consejero para que no se muera de hambre y para ”protegerlo” del cabreo de la gente y ya tiene a esa persona neutralizada y ”encarcelada” a su lado...y encima desprestigiada.

Y es que en esta ocasión a la familia Tomo les ha tendido una trampa utilizando al miembro más joven. Obiang en su día asesinó al líder de la familia, según denunciaron en su día sus miembros. Ahora parece que Obiang les está alagando con nombramientos. Obiang apadrinó la boda reciente del joven Abeso Tomo, quien, según se dice en Malabo, parece haberse convertido en el hijo de Obiang. Al hermano mayor Obiang le ha sacado de su destino en ASECNA para tenerle en Guinea bajo vigilancia. Y fué él quien consiguió que Abeso Tomo hiciera la carrera de derecho.
Obiang quiere romper la unidad de la familia, controlar al actual líder y quemar al más joven y dinámico.

¿Qué puede hacer un solo hombre, un joven que no ha cumplido ni los 40 años, para sanear el sistema judicial, el más anárquico y corrupto sistema que existe en Guinea?.

Los siguientes consejos pueden ayudar al joven Abeso Tomo y a Obiang si de verdad quieren un sistema judicial acorde a un Estado de Derecho. Son pocos y son simples y son lo que cualquier guineano haría por su querido pais. Si en 3 meses no se han hecho, es que Abeso Tomo está siendo víctima de un plan de ”quema y desprestigio” en su familia:

a) de acción urgente:

a1) Prohibir a los militares que accedan a los establecimientos penitenciarios, salvo los que dependan del sistema carcelario (a modificar en 3 meses).

a2) Sacar de la cárcel a todos aquellos que no han sido encarcelados por orden de un juez, que será el que atiende su causa penal abierta.

a3) Hacer un inventario de todos los presos del pais y abrir un archivo o dossier de cada uno que se entregará a unos jueces llamados ”de vigilancia penitenciaria”, que deben revisar todos los casos según sentencias y órdenes de prisión preventiva para sanear la situación penitenciaria. Esto implica que debe haber causa penal abierta para todos los encarcelados sin excepción. En esa revisión o saneamiento, aquellos que no tengan causa penal abierta, serán excarcelados inmediatamente. Los presos políticos o bajo sospecha de atentar a la seguridad del estado deben estar bajo el amparo del sistema judicial, que es civil. La comisión de jueces para la revisión de todos los encarcelados estará bajo la jurisdicción del presidente del tribunal supremo o corte suprema. Si no ha suficientes jueces, se utilizará a los estudiantes de derecho de la UNGE y de la UNED que hayan superado el curso 3º, a los que se tomará juramento como jueces temporales y auxilaires al servicio del estado. Esta comisión sancionará a aquellos militares que hayan encarcelado sin mandamiento judicial, usando el código penal y tipicando su acción como secuestro. Los jueces temporales serán pagados por su trabajo y trabajarán en grupo, guardando secreto. Terminado el trabajo de la comision, se nombrará un juez de vigilancia penitenciaria por cada establecimiento penitenciario, que entenderá de todas las situaciones de los encarcelados: permisos, situación carcelaria, estado de salud, recursos, órdenes de excarcelación, etc.

a4) El alcaide o jefe de prisión abrirá un dossier por cada preso encarcelado, donde se anotarán las incidencias de cada preso. Recibirá personalmente cada nuevo ingreso carcelario y firmará la orden de entrega enviada por el juez que ha dictado prisión, ya sea provisional, ya sea firme por sentencia. Esta orden la llevará un oficial del juzgado o el mismo juez, que acomparán a la policia (o gendarmería) que lleva y ha guardado hasta ese momento al preso.

a5) Ningún preso trabajará en casa de nadie como boy, chófer, lavandero, o nada parecido. En definitiva, los presos no podrán trabajar fuera del establecimiento carcelario ya que la pena que se les ha impuesto es solo de ”privación de libertad” y no incluye trabajo (que sería otra pena). La práctica de trabajar en casa del capitan es una práctica colonial que se usaba durante la prisión provisional y que atenta a los derechos humanos. Es totalmente degradante. Parece que los militares analfabetos de Guinea quieren emular lo que hacían los militares coloniales españoles.

a6) Los alcaides deben elaborar un plan de actividades carcelarias que incluyan paseos o gimnasia para los presos, lectura, juegos y consultas médicas. Todos los establecimientos carcelarios dispondrán de una enfermería y de un médico que hará consultas todos los días en la cárcel y vigilará el estado de salud mental y fisica de los presos. Los alcaides deben asegurarse que los presos reciben alimentación en condiciones mediante unos fondos provenientes del ministerio de justicia. Todos los presos tiene derecho a recibir las visitas de familiares y de sus abogados, que les podrán llevar alimentos. En caso de fallecimiento de un preso, el juez de vigilancia penitenciaria llevará a cabo una investigación por si hubiera responsabilidades penales, aunque la muerte sea en apariencia por causas naturales.

a7) El colegio de abogados no es una entidad gubernamental sino un ente privado fruto del asocianismo profesional. Eso sí, cumple una función importante al estado y debe ser promocionado y protegido pero nunca, NUNCA, puede ser objeto de sanción administrativa sino judicial (sentencia judicial). El ministerio de Justicia no tiene ninguna jurisdicción sobre el colegio de abogados, como ocurre EN TODAS PARTES DEL MUNDO. Ningún ministro de justicia puede prohibir nada en una asociación privada de interés público. Eso sí, sus miembros, tal como un buen reglamento interno debe contemplar, deben ser licenciados en derecho por una universidad occidental. No se admiten los licenciados en derecho de Cuba, Rusia, Corea del Norte y China por razones culturales o por contradicción con el standard del Estado de Derecho y democrático que en tales países se dan.

b) De aplicación a medio y largo plazo:

b1) crear una Ley del Poder Judicial que regule todas las funciones del poder judicial: procedimientos, funionarios, carrera judicial, fiscales, abogados, etc. La ley española actual puede servir de base o borrador. De hecho, ante el vacío que existe, es la que se debería aplicar de forma inmediata.

b2) Crear una ley de plantas o partidos judiciales que divide el territorio nacional en partidos judiciales.

b3) Poner bajo la jurisdicción del ministerio de justicia o del poder judicial todos los establecimientos penitenciarios o cárceles. Los calabozos de la policía no forman parte del sistema penitenciario y se usan para la detención antes de ser entregados los detenidos a los jueces, no pudiendo permancer en ellos más de 48 horas.

b4) Crear una escuela judicial para la formación de jueces, secretarios y oficiales de los juzgados. Para ser juez o secretario habrá que superar un examen de oposición o reunir los méritos de un concurso de méritos, necesariamente tendrán los opositores el título de licenciado (diplomado) o ”Bachellor” en derecho por una universidad occidental o nacional. Una vez superado el concurso, se pasará por la escuela judicial y los que superen la formación serán nombrados jueces, secretarios y oficiales de carrera, es decir que nadie podrá relevarles de su título de estado salvo sentencia judicial por delito grave. Las sanciones administrativas no podrán quitarles el título pero si el ejercicio. Se habilitará la promoción interna a través de la formación continuada de cursos específicos, enseñanaza reglada universitaria y cursos de la escuela judicial.

b5) Crear un cuerpo de funcionarios penitenciarios, que son los que tendrán contacto con los encarcelados: vigilantes, médicos, sicólogos, sanitarios, educadores y animadores de grupo. El establecimiento tendrá una vigilancia armada con personal que estará ubicado en sus torres de vigilancia, dependientes siempre del responsable o alcaide que será siempre un civil del sistema penitenciario y por tanto nombrado por el ministerio de justicia o por el consejo del poder judicial. El personal armado podrá proceder de la policía, de la gendarmería o de un cuerpo especial pero nunca será personal del ejército.

b6) Los jueces serán fiscalizados por una comisión interna de jueces. Cuando los recursos planteados por los letrados resulten positivos y por tanto se contradigan con la anterior sentencia o resolución judicial, el juez que falló lo recurrido sufrirá resta en su puntuación, pudiendo ser juzgado en caso de flagrante prevaricación. El sistema de puntuación formará parte del mecanismo curricular para la promoción en la carrera judicial.

Todo esto es lo que haría cualquiera que quisiera un sistema judicial decente y organizado. Y se puede hacer ya en un plazo de 3 meses y terminar así con lo que Obiang critica todos los años. A todos nos daría vergüenza criticar aquello de lo que somos al mismo tiempo responsables...¿Le queda algo de vergüenza a Obiang?

Familia Tomo, conservar vuestra honradez y seriedad y advertir del peligro a vuestro hermano menor.


Celestino Okenve Ndo.
Nvo Zang Okenve
Presidente de Foro Solidario por Guinea Ecuatorial

Fuente: propia

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