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Editorial

”Algunas precisiones sobre la propiedad de la tierra en Bioko”


publicado por: bosila wecha saha el 28/09/2008 23:15:47 CET


28 de septiembre de 2008

Humberto Riochí, portavoz del MAIB

El pasado 7 de septiembre publicábamos un comentario sobre ”la Propiedad de la Tierra en Bioko” [http://www.asodegue.org/septiembre0708.htm]. Días después nos hemos encontrado con respuestas variopintas en las distintas páginas dedicadas en la web a Guinea Ecuatorial. Por su mejor estructuración, hemos elegido la de Celestino Okenve para hacer algunas precisiones que nos parecen importantes.

Celestino Okenve en un artículo titulado “Aproximación objetiva a la problemática de la tierra en Guinea Ecuatorial” publicado en GE-net (puede leerse al final su contenido completo para situar al lector) dice: “Desde 1940 el sistema que las autoridades coloniales utilizaron para la promoción de la producción de café, cacao y madera fue el régimen de concesiones”.

Negamos la mayor. España hace efectiva su presencia en sus territorios del Golfo de Guinea en 1843 y por miedo a las apetencias francesas del momento. Las concesiones arrancaron en 1858, por decreto del 13 de diciembre, denominado Estatuto Orgánico por el que fueron legalizados por primera vez, terrenos gratuitos para los colonos sin límite de superficie y una concesión por un tiempo de 5 años. Por este mismo decreto se ofrecieron otras grandes ventajas para incentivar el interés de los españoles en la idea de completar la ocupación y explotación de aquellos territorios.

Pero este fenómeno continuó, y así tenemos que en 1868 se hizo una limitación por ley de 50 hectáreas por colono. En 1880, con otro Estatuto Orgánico se establecía el pago de un canon por hectárea explotada. La Real Orden de 24 de diciembre de 1894 catalogaba a Fernando Poo como territorio eminentemente agrícola, con lo cual se conminaba a los españoles a viajar con sus familias y crear empresas agrícolas con todas las facilidades estatales habidas y por haber. Y porque que los primeros intentos no dieron los resultados esperados, y el fracaso, según la mayoría de las crónicas, se debió a las condiciones de insalubridad de aquellos territorios, España vuelve a la carga con el Decreto de 1904 con el Estatuto Orgánico de la Administración Colonial.

Sabido es por todos que el Tratado hispano-francés de 1900 limitaba la superficie territorial española, reduciéndola de 300.000 Km2 a los 28.017 Km2 actuales. Ante este nuevo revés, España acentúa su presencia en las exiguas posesiones que le quedan. Como puede apreciarse, la promoción de la producción del cacao y el café se produjo mucho antes la de la fecha que utiliza Okenve.

Interesa dejar claro que el debate montado en torno a la propiedad de la tierra en Bioko no tiene un tono historiográfico ni historicista. La figura del colono tiene una importancia tangencial y se circunscribe al hecho de haber sido el tenedor de las tierras objeto de debate. Tierras, por cierto, que han pasado a “manos muertas” en detrimento de aquellos que podrían haberlas explotado, rentabilizado y cuidado.

Por lo tanto, ni el Real Decreto de 13 de diciembre de 1858 llamado Estatuto Orgánico que inauguraba las concesiones y tenencia de terrenos para españoles en Fernando Poo, ni las leyes que de manera atropellada fueron armando los españoles en los años sucesivos hasta llegar a la aludida Ley de 1948, tributaria de las anteriores, nos sirven de base para lo que aquí se plantea. Porque el denominador común en todas ellas era el mismo: preferenciar a los blancos en detrimento de los bubis.

Dicho lo anterior, queda claro que nosotros no estamos en condiciones de hacer guerras ni a favor ni en contra de nadie. Primero, porque aquellas tierras –las más apetecibles de toda la isla- fueron robadas a los bubis en nombre del hecho colonial. Los españoles unificaron rancherías y asentamientos dispersos constituyendo poblados para quedarse con los terrenos más rentables, dejando para los lugareños las zonas climatológicamente más desfavorecidas, además de rocosas. Y en segundo lugar, porque el hecho colonial desapareció. Es historia, y como tal, está para que cada quien la juzgue a su antojo. Eso sí, con una objetividad mínima.

Pero antes de cerrar esta parte, queremos hacer unas cuantas precisiones para evitar equívocos innecesarios. Queremos aclarar para situar a muchos que de manera sistemática van opinando en barbecho que, las raquíticas concesiones de terrenos hechas a los bubis fueron siempre onerosas. Nunca gratuitas. Además, los bubis siempre tributaron por las propiedades que tenían, fueran estás rústicas o urbanas a través de la figura llamada “contribución”. Con esta afirmación, estamos respondiendo, de paso, a uno de los “apuntadores” oficiosos de la oposición guineana en el exilio, clarificando que todas los bienes inmuebles bubis y no bubis estaban registrados –repetimos, Macias quemó adrede los archivos para crear grandes confusiones-, y estaban por lo tanto censados y sometidos a regulación.

Aclarar asimismo que las menciones que Okenve hace de claretianos y del gobernador Bonelli, en el sentido de que favorecían emancipaciones bubis, son totalmente falsas. Las emancipaciones, insignificantes teniendo en cuenta la población bubi de entonces, fueron el resultado de conquistas en la lucha contra el régimen colonial. Nunca fueron concesiones gratuitas. Y tan es así, que a mediados de los años cincuenta y principios de los sesenta, ya había bubis codeándose con los colonos, a pesar de las limitaciones que imponían los españoles. Teníamos una incipiente burguesía, pero burguesía al fin y la postre, que contaba con coches, braceros, cuentas corrientes etc. Muchos supervivientes de los holocaustos nguemistas saben que, apellidos como Buaki, Chicampo, Boketale, Buna, Muatetema, Lobede, Biebeda. Bacabo, Anchoa de Baney, Copoború, Sorizo, Boricó, etc etc, vivían con comodidades idénticas (o casi) a las de los blancos y muchos se permitieron el lujo de enviar a sus hijos a la península a ampliar estudios, mucho antes de que entráramos en la autonomía. Además de los políticos, se sabe que Macías se empleó a fondo en liquidar a todos los miembros de nuestra comunidad que despuntaban económicamente. Y los que se salvaron, los arruinó.

Por lo tanto, si hubo concesiones coloniales por parte de los claretianos, fueron para los fang y siempre desde el presupuesto de que no eran propietarios de plantaciones de cacao y café. Y aquí los agravios están servidos en bandeja de oro, porque los bubis tuvieron que luchar contra las adversidades y aberraciones coloniales para, con sudores, llegar hasta donde estaban a la hora de acceder a la independencia.

Aprovechamos esta oportunidad para matar otro de los bulos vehiculados por la comunidad fang afincada en Bioko. Es totalmente falso que los fang traídos de Río Muni, en la décadas iniciales del pasado siglo, sirvieran para nada en pro de las labores que motivaron su reclutamiento. El fracaso español en este sentido fue estrepitoso. Y el ejemplo más palmario del mismo fue la creación del poblado de Sácriba fang, donde fueron deportados los reclutados para evitar que contagiaran al resto de comunidades sus supuestas prácticas antropofágicas. Durante aquellos años generaciones de fracasados se enrolaron en la Guardia colonial o territorial. Tras la independencia, uno de sus grandes logros ha sido monopolizar el ejército guineano hasta la fecha.

Y siguiendo en la línea de aclaraciones, queremos subrayar que respetamos la versión que hace Celestino sobre el “mítico” Enrique Nvó como defensor de derechos sobre la propiedad de la tierra. Que aceptamos, además, la condición que le atribuye, - y así lo hace casi toda la comunidad fang-, de considerarle punta de lanza en la defensa de libertades colectivas. Pero precisamente en este terreno está la debilidad fundamental de este personaje. Hasta donde llegan las informaciones que manejamos, Nvó fue un precursor y defensor de libertades, pero siempre desde la idea de quedarse con las posesiones/propiedades de los blancos. Y está fue, y no otra, la razón por la que él y sus hermanos se pusieron en primera fila para la conquista de independencias cuya significación desconocían y que tampoco supieron administrar para el bien común. De hecho, nuestro hombre creó escuela, y… ¡vaya escuela! Porque sobra decir que uno de sus pupilos, Macías Nguema, se encargaría años más tarde de completar la misión que él no pudo culminar. Eso sí, sin lograr anexionar Río Muni a Gabón y Camerún. En síntesis, Enrique Nvó, Macías Nguema, Obiang Nguema ¿cuántos más?... están hechos todos de la misma pasta. Los dos últimos son clones del primero, más los que quedan por llegar si Dios y algunos no lo remedian.

A renglón seguido hay que decir que el debate que crea Okenve sobre el tema de la expulsión, o no, de los españoles, carece de sentido. De una u otra manera los españoles iban a ser expulsados. Aquel era el presupuesto básico y, de hecho, el objetivo único que justificaba la independencia para algunos dirigentes fang. Si hay alguien con dudas, que lea los discursos de Macias, antes e inmediatamente después de la independencia. De todos modos, la cuestión queda meridianamente aclarada en el capítulo X del libro de Durán Loriga (1). O en todo caso, en la obra de A. Nzé Nfumu (2) personaje “nada sospechoso”, que explicita lo que aconteció después del 5 de marzo con un cierto lujo de detalles. Lo recurrente de todos modos, es que los españoles terminaron abandonando “SUS PROPIEDADES” en Guinea por el trato que recibieron de manos fang. Lo que menos importa, y que tampoco pretendemos defender, es el régimen por el que les fueron concedidos los terrenos que tuvieron que roturar, transformar hasta convertirlos en auténticos vergeles. Se produjo un accidente histórico en su día: llegaron los españoles, nos colonizaron, nos explotaron y se fueron. Fin de la historia.

El debate hoy está en los “dudosos nuevos propietarios” de aquellos bienes, la utilidad que están dando a los mismos, el régimen por el que les fueron adjudicados/concedidos; y sobre todo, la rentabilidad que reportan para los lugareños y al conjunto de la población. Porque, si hubiera habido algún provecho colectivo tras la expulsión/salida/abandono de los españoles, con una reversión al bien común, sobraría este debate.

Queda dicho que ninguna de las propiedades adjudicadas/regaladas a dedo a continentales (casi un 97% del total) ha tenido una rentabilidad acorde o aproximativa a las potencialidades que ofrecían aquellas plantaciones. Esto sin contar con el daño al que se está sometiendo las fincas urbanas que de manera tácita o expresa, reconoce Okenve que fueron PROPIEDADES COLONIALES, CONFISCADAS Y EN MANOS FANG.

Por cierto, aclararle que la casualidad ocurrida con las firmas MALLO y MORA fue mayúscula. Los bubis nos estamos quedando sin dedos de tanto chuparlos para creernos que estas dos firmas se salvaron de las salvajadas maciístas por arte de birlibirloque. Y más todavía, que pudimos solicitar sus fincas a Macías en aquella “reunión” y nos hubieran sido concedidas. Este es otro de los temas objeto de futuros debates. Y para los que no estén informados, desde que Macias expulsara al empresariado español, MALLO y MORA montaron su oligopolio particular, se quedaron con la exclusiva de la comercialización interna y externa de la producción nacional, especialmente la del cacao. Se hicieron con pingües beneficios, recapitalizaron en cuarenta años “cero pesetas” de las plusvalías salvajes que obtenían. Jamás fueron obstaculizados en un país donde la leyes son la ausencia de leyes. ¿Casualidades o causalidades?

En el nuestro artículo hemos enunciado, sin comentar en profundidad, lo que será la futura Ley de Propiedad de la Tierra en Guinea Ecuatorial. Sabemos todos los guineanos mínimamente informados que en nuestro país, las leyes solo sirven en su vertiente restrictiva y coactiva para ciudadanos de segunda y tercera categoría. Por lo tanto, nuestra preocupación sobre aquellos paquetes normativos es relativa ya que con aquellas o las anteriores leyes, los capitostes fang, incluidos algunos bubis comparsas, harán lo que les plazca. De hecho ahora mismo se está peinando la zona costera de Sipopo, llevándose por delante, además de fincas de titularidad colonial (hasta que no se demuestre lo contrario), muchas plantaciones bubis. Lo mismo ocurre con la zona que va de Malabo por la carretera del oeste. Los habitantes de Sampaka y Basupu están siendo desposeídos de sudores de años. Las zonas aledañas a Rebola –ya lo apuntamos- están siendo esquilmadas. En el kilómetro 13, carretera del este, Rebola, se van a lapidar los derechos centenarios de propiedad de muchas familias. Porque existe, según dicen, una cantera que tiene que servir para llenar Bioko de cemento.

Estos temas que son realmente graves, necesitan una reparación que jamás podrá traernos Obiang, que es su causante. Y mientras, Okenve nos habla de “Interpretaciones afines al DERECHO AFRICANO que rechaza la propiedad del suelo”. ¿En qué códigos están escritas aquellas leyes? ¿Quién y dónde fueron elaboradas? Y otra lindeza: “para el africano, el bosque no es de nadie, pero el hombre es del bosque”. Estas ideas, que permiten interpretaciones letales y peligrosas, son las que pueblan el imaginario fang. Con estos presupuestos han vivido en Bioko metiéndose en plantaciones privadas en la creencia interesada de que, las malangas, los plátanos, las bananas, los ñames, etc. crecían solos, sin la intervención de la mano de un bubi.

Aclararle por último a Okenve que las labores de desmonte, roturación, plantación y siembra de productos o la construcción de viviendas, eran constitutivas de derechos de propiedad para los bubis. Y esto se produjo mucho antes de que llegara el colono. Cada comunidad sabía donde empezaba y terminaba las plantaciones de cada uno de los vecinos; es decir, su propiedad. Lo único que ha cambiado con el hecho colonial, han sido las nuevas adjudicaciones y la regulación que han sufrido aquellos bienes.

Continuaremos con el debate sobre las dudas jurídicas, las titularidades y dominios, y los planes de choque elaborados por el MAIB para la etapa post- Obiang.



(1) ”Memorias diplomáticas” de Juan Durán-Loriga, Siddharth Mehta Ediciones, Madrid 1999. El capítulo X, dedicado a su estancia en Guinea Ecuatorial, ocupa las páginas 117 a 144 del libro. [Puede leerse en http://www.asodegue.org/hidl.htm]



(2) “Macías verdugo o víctima” (página 85 y ss.)







Intento de Aproximación objetiva a la problemática de la tierra en Guinea Ecuatorial Parte I

Celestino Okenve Ndo. Economista (UCM). Exilio 8 septiembre 2008.



”Desde 1940, el sistema que las autoridades coloniales utilizaron para la promoción de la producción del café, cacao y madera fue el régimen de concesiones.

Tras la guerra civil, Franco forzó a las autoridades coloniales a que incrementaran la explotación económica de la colonia, mediante el cultivo de productos tropicales como el cafe, el cacao, la hevea, el palmiste, el aceite de palma, etc. Esos productos eran importantes para la reconstrucción de España y tenían algunos la calificación de productos de interés nacional, como era el caso de la madera.

Estas instrucciones provocaron enfrentamientos con las autoridades locales étnicas, como fue el caso del jefe Nzomo Motuu m´ Abegue de Mbe-Mikomeseng (Esono Mituele era su nombre Nzomo, y Motu m´Abegue era su nombre por parte de Eséng que era su madre Abegue). Motuú, tio de Enrique Nvo Okenve, se enfrentó al administrador colonial de Mikomeseng advirtiéndole que el tema del suelo debía regirse según el sistema tradicional y que ellos, los pobladores fang, eran los que determinaban, mediante normas internas, la concesión del bosque para su explotación como tierra de cultivos alimenticios, siempre en usufructo y nunca en propiedad.

Motuú recomendó a las demás tribus que no hicieran caso a lo que pretendían los administradores coloniales (1), que era la entrega de tierras a los blancos para hacer fincas de café o cacao o para cortar árboles. Como consecuencia de este enfrentamiento, Motuú fue despojado de su jefatura Nzomo, que la tenia por decisión del clan, y lo dieron a José Mañana, un sobrino suyo, que se convirtió además en jefe local de Falange Española (2). Motu seguía teniendo autoridad y fue detenido y llevado a la isla de Fernando Poo en confinamiento, hasta prácticamente poco antes de su muerte(3), a pesar de las peticiones del entonces subgobernador Victor Suances Díaz del Río para que se le dejara retornar a su pueblo por ser mayor y enfermo. Varios capataces agrícolas también fueron represaliados por haber dado información a Motuú, apartándoles del cuerpo. Enrique Nvo, al ver la injusticia cometida contra su padre, se enfrentó a los administradores. Como consecuencia, fue represaliado mediante la expulsión del cuerpo de maestros. Desde ese momento, Enrique Nvo comenzó a luchar contra el sistema colonial. Estamos a comienzos de la década de 1940, recién acabada la guerra civil española. La lucha por la independencia se inició como vemos a consecuencia del problema de las tierras, que la administración colonial quería manejar a su criterio sin tener en cuenta las normas y usos que los africanos habían venido utilizando para gestionar el suelo entre los habitantes africanos.

Hemos descrito someramente, por tener referencias escritas y orales, la situación que se produjo en la parte continental. Es casi seguro que incidentes similares se produjeron en la isla. Tenemos por ejemplo la referencia de que a raíz del proyecto de ley colonial sobre el estatuto del colonizado, en donde se iba a definir a los africanos como personas sin capacidad jurídica incapaces de tener economías, los sacerdotes claretianos recomendaron a los bubis que registraran fincas y aprendieran a leer y escribir, para que no fueran catalogados como indígenas sino como emancipados y así pudieran conservar la propiedad de sus bosques. El gobernador Bonelli tuvo que declarar a casi todos los bubis como emancipados, pero eso no impidió hacer grandes concesiones de bosque en la isla a los inversores coloniales blancos.

De modo que las autoridades españolas eran conscientes de las dificultades que podría generar una decisión que otorgara al estado español el derecho de propiedad sobre las tierras. Para obviar el problema, el estado no se declara propietario del suelo pero recurre a otorgar concesiones para la explotación del café, cacao, madera, etc. basándose en el interés público o nacional.

No obstante, sobre esta afirmación mantendremos una postura laxa y no definitoria por ahora. Porque pudiera ser que el decisor colonial, al realizar concesiones, partiera del supuesto de que las tierras guineanas que no fueran hasta entonces privativas, eran de titularidad estatal. En todo caso sí parece indudable que el suelo de la colonia era, para España, de dominio público, salvo aquel que fuera formalmente de dominio privado. Dado que los usos africanos no establecían dominio privado al suelo o bosque sino sólo derecho de uso (usufructo), la posición de dominio público -que no titularidad estatal- que pudiera mantener el estado español sobre la tierra guineana cobraba prioridad, porque para el africano ”el bosque no es de nadie pero el hombre es del bosque”. Es indudable que la catalogación de bien público que pudiera hacer el colonizador sobre el suelo africano, entra en colisión frontal con la filosofía y el derecho bantú (en la filosofía bantu, la naturaleza no pertenece a ningún hombre pero le rinde servicios mientras haga buen uso de él). Hay en la colonia una dualidad en lo jurídico y en lo económico, por la existencia de dos sistemas económicos y de dos sistemas de derecho, aunque en realidad el derecho estatal del colonizador tiene preminencia y el derecho del colonizado -los tribunales tradicionales y los indígenas- se permite como una concesión del colonizador, en tanto y en cuanto no contradiga lo suyo ni ponga en peligro su objetivo colonizador.

Todos aquellos que quisieron tener fincas de cacao y café, tuvieron que solicitarlo al estado, el cual les concedía, en RÉGIMEN DE CONCESIÓN, la autorización para usar la superficie pedida, a fin de dedicarla al cultivo del café o del cacao o a la explotación de madera.

A falta de una investigación mayor sobre las concesiones que se realizaron a los europeos y emancipados en la época colonial, aquí caben dos interpretaciones sobre ellas: la concesión podía ser la enajenación por parte del estado de un bien -el suelo- de dominio público, usando el derecho europeo español. En este caso, el concesionario se convertía en propietario del bien, el suelo, que podía a su vez enajenar o realizar hipotecas. Otra interpretación, más acorde al derecho europeo español relativo al suelo, era que la concesión era el otorgamiento para uso PRIVATIVO de un bien de DOMINIO PUBLICO, debido a razones de interés económico. En esta segunda interpretación, que favorece los intereses de la población nativa y del estado español, la concesión es un permiso administrativo que otorga derecho de uso del suelo para dedicarlo a una explotación agrícola durante un tiempo determinado. Entre las consecuencias que se derivan de este derecho está la ocupación del terreno para instalar las secadoras, almacenes, viviendas de braceros, viviendas de los trabajadores europeos y viviendas propias (5).

Nosotros vamos a utilizar esta segunda interpretación, por ser más afín al derecho africano que rechaza la propiedad privada del suelo y favorece el usufructo y por ajustarse a la situación que rige en la España Peninsular, donde el estado apenas enajena suelo de dominio público.

Siguiendo esta interpretación, es indudable que como en toda concesión, el derecho concedido termina al vencer el periodo concedido en el contrato o al dejar de utilizar el suelo para el fin que fue otorgado. Esta última condición se justifica porque la concesión se hace por una función económica social. Si la empresa concesional dejara de explotar la concesión por causa no atribuible a la naturaleza ni al propio Estado, QUEDA SIN EFECTO LA CONCESIÓN Y POR TANTO EL DERECHO DE USO DEL TERRENO.

Los españoles que salieron de Guinea en el año 1969 a causa del llamamiento de Carrero Blanco para que abandonaran Guinea, no pudieron traspasar derecho de propiedad de las fincas de cacao y café, porque no tenían propiedad del suelo, pero sí pudieron traspasar derecho de la concesión para que otros continuaran con la explotación. Es decir, las fincas rurales no eran propiedad privada.

El caso de las propiedades urbanas es distinto. Aquí había propiedad sobre las fincas urbanas y este derecho de propiedad puede manejarse con todas las combinaciones que otorga el derecho civil: alquiler y venta fundamentalmente.

Humberto Riochi afirma en su artículo intitulado ”La propiedad de la tierra en Bioko” que ”Lo que no se puede negar es que, después del 5 marzo de 1969, y con la subsiguiente expulsión de los colonos españoles, en Bioko, casi un 94% de los propietarios apoderaron a bubis para que siguieran con la gestión de sus negocios, en la idea de que las turbulencias políticas escamparían muy pronto y regresarían para retomar la dirección de aquellos. Muchos de ellos hicieron las transferencias de poderes ante fedatarios públicos para que no quedara ningún atisbo de duda sobre su autenticidad.”

Aquí nos encontramos con afirmaciones que pueden dar lugar a equívocos. No se sabe, en la exposición de Riochi, si los poderes que otorgaron los blancos eran para nombrar gestores o para traspasar los derechos de las concesiones. Si era esto último, algo dudoso, el traspasado podía calificarse de ”casi nuevo dueño” y si era lo primero, simplemente el traspasado era un ”nuevo gerente”. Si hubiera sido traspaso de concesión, algunos podrían creerse nuevos dueños, sin caer en la cuenta de que una concesión no da derecho de propiedad sino de uso con fines económicos de interés nacional.

Los españoles que salieron de Guinea entre finales de 1968 y comienzos de 1969, no fueron expulsados por nadie. Salieron con su propio pie haciendo caso a los llamamientos de las autoridades españolas, que querían asfixiar al nuevo gobierno. No hubo ”expulsión de colonos españoles”

Los bubis en su momento estuvieron opuestos a la ocupación de la isla por parte de los colonizadores españoles y hubo guerras. Cuando tras la guerra civil, durante el mandato del gobernador Bonelli, los blancos fueron ocupando zonas de la isla para dedicarlo a fincas de cacao, muchos bubis no estuvieron de acuerdo, como era natural. Los colonos estaban convirtiendo la isla en una enorme finca de cacao, sin tener en cuenta las necesidades alimentarias de los guineanos. Y si esto es así ¿cómo es que un bubi ”auténtico”, que es capaz de hacer un falso discurso contra el fang, otorga sin embargo valor a las ocupaciones que los blancos hicieron en la isla provocando sufrimientos a los bubis?.

En lugar de basar el derecho de uso e incluso de propiedad que deben tener los bubis sobre las fincas de cacao por derecho heredado de sus antepasados, se basa Humberto Riochi en los derechos concedidos por el blanco en unos documentos (poderes) de dudosa veracidad, documentos que hacían referencia a unos terrenos que fueron apropiados por el estado español después de mantener guerras contra los habitantes de la isla. Esto es un contrasentido porque parece ignorar el expolio primigenio practicado por España en la isla de Fernando Poo y, en cambio, atribuye el expolio de una familia de desalmados a toda una etnia, la fang, que ha sido y esta siendo objeto del mismo expolio criminal por parte de la misma familia de desalmados.

Habría que saber mantener un discurso, basarlo en principios universales y extraer lecciones de aplicación social para soluciones globales o en todo caso nacionales.

El problema del mal uso de las tierras en África por parte de los dictadores criminales es un hecho general en África y no exclusivo de Guinea, aunque aquí adquiere magnitudes de crimen organizado y casi de genocidio, porque afecta a poblaciones que pueden desaparecer al serles arrebatada la tierra donde desarrollaban su vida, como ocurre en Bata con los poblados bisio, que han sido ocupados por la familia Obiang y sus amigos, obligando a una etnia a disgregarse y a perder así sus valores culturales y quizá su existencia. En el caso bubi se dan situaciones parecidas en algunas zonas de la isla, donde la presión de la familia de Obiang sobre el suelo lindante con Malabo ha obligado a emigrar a muchas familias bubis y fang, que han tenido que ir a presionar a su vez a los pobladores de Rebola y Basupu por ejemplo, buscando un lugar para vivir que sea gratuito.

Cuando se hacen concesiones, en general el estado se reserva el derecho de modificar el derecho concedido por causas de interés nacional mayor que el que promovió la concesión, que es, uso privativo de un dominio público, es decir, irregular per se, justificándose solo por un alto interés nacional o social. El Estado que continúa con los derechos de dominio público -en la legalidad española pero quizá no en legitimidad africana- es el nuevo Estado de Guinea Ecuatorial que nace el 12 de octubre de 1968. De la misma forma que el estado franquista hizo concesiones de dudosa ética - la discrecionalidad administrativa en las concesiones es cosa corriente- a los colonos españoles, el estado heredero, la nueva república, podía anular o modificar tales concesiones. Pero Macias no lo hizo. No modificó el status de las fincas de los colonos, y las fincas eran la causa, el objeto final de las guerras que España mantuvo contra nuestros antepasados.

Años después de la partida de los colonos, a punto de derrumbarse el nuevo estado en lo económico, hubo una reunión de miembros del gobierno y ahí se tomó la decisión de otorgar la gerencia de las fincas a algunos altos funcionarios, para producir las fincas abandonadas. Hubo españoles que continuaron con las fincas como Mallo y Mora. No se tocaron sus fincas. Si algún bubi hubiera presentado planes para gestionar las fincas, basados en nombramientos y amparados en el conocimiento de la buena gestión, seguramente Macias no tendría problemas en concederle la gestión, porque el problema grave de Macias entonces no eran los bubis o los fang, sino la economía que se le estaba hundiendo. Los ingresos del Estado estaban basados precisamente en las explotaciones agrícolas y en el comercio de sus productos y sin ingresos no había Estado.

De las ventas del cacao de las fincas gerenciadas por ministros, el Estado se llevaba casi todo. El gerente debía cubrir el coste y el resto de la venta se ingresaba en hacienda. Gracias a ello Macia pudo hacer el puente Kope y el puerto de Bata.

Me consta que hubo algunos bubis que siguieron con sus fincas en sus pueblos y ninguna de esas propiedades fue ocupada por ningún gerente gubernamental.

En todo caso queda claro que todo lo que se hizo entre el siglo XIX y 1979, los africanos, fangs y bubis fundamentalmente, perdieron bastante al imponerles un derecho que violaba sus principios y en parte sus formas de vida. Habían vivido del bosque y las dictaduras coloniales les habían arrebatado los mecanismos jurídicos que permitían la reproducción del modo de vida en las zonas rurales. Esta ruptura iba a ser con el tiempo peligrosa para el mantenimiento de sus sociedades, como se esta observando con la dictadura de Obiang, que ha venido a terminar la obra de destrucción de las sociedades africanas de Guinea Ecuatorial mediante el expolio, el envilecimiento, la depravación, la mentira, el engaño, la falta de autoridad, etc.

Continuaremos.


(1) Parece ser que los republicanos que huyeron a Camerún cuando los nacionales ganaron la guerra en Guinea, venían a convencer a los guineanos desde Camerún que Franco les iba a quitar las tierras y querían que se levantaran en una revuelta. Mikomeseng era la zona donde incursionaban esos republicanos huidos.

(2) José Mañana (o Meñana) tuvo asignado guardias coloniales para su jefatura, la gente del lugar fue obligada a trabajar en prestación en sus fincas de café y Fortunato Zang Okenve trabajó en 1944 como escribiente en la jefatura que tenia montado José Mañana en Mbe-Mikomeseng, donde aprendió a usar la máquina de escribir. Cuando la gente pasaba delante de la casa de José Mañana, tenían que subir la mano en saludo fascista. José Mañana fue maldecido por su tío Motu por traición al padre y al clan y también se dice que fue maldecido por un sacerdote claretiano porque al final, José Mañana, uno de los primeros católicos, tuvo otra mujer, violando la ley eclesiástica y franquista que impedía tener otra mujer salvo la casada canónicamente. Los hijos de José Mañana murieron de forma violenta (Salvador Edu Mañana) o prematura, salvo un médico (Pepito) que está en Gabón.

(3) Motuu tuvo entre otros hijos a Federico Bang Motuú (Profesor Mercantil, Madrid) y éste tuvo dos hijas con Amparo (Arenas de San Pedro, Ávila), una de ellas, Begoña, es cantante de jazz/reggae en Madrid (BANG MATU)

http://profile.myspace.com/index.cfm?fuseaction=user.viewprofile&friendid=176695653

(4) En España, no hay suelo que no sea propiedad de nadie y así surgen los distintos tipos de titularidad: propiedad comunal, propiedad privada y propiedad pública (de las administraciones, local, autonómica y estatal).

(5) Las viviendas del colono sobre terreno ocupado para explotación agrícola, se entiende que forman parte de la unidad empresarial y si desaparece la explotación, las ocupaciones para viviendas dejan de tener su legitimidad, porque el suelo sobre el que se asientan revierte al dominio público”.







Fuente: bosila

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