BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SECCION CORTES GENERALES
VII LEGISLATURA
Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS
20 de enero de 2003
Núm. 392
Competencias en relación con otros órganos e instituciones
TRIBUNAL DE CUENTAS
250/000010 (CD) 770/000009 (S) Aprobación por los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado, del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, relativo a la Declaración Definitiva de la Cuenta General del Estado correspondiente al ejericicio de 1999 y Acuerdos anejos, así como dicha Declaración Definitiva.
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5) Banco Central de Guinea Ecuatorial.
El origen de la deuda estuvo en el Acuerdo comercial y de pagos de 12 de mayo de 1973, suscrito entre los Gobiernos Español y Guineano.
Como consecuencia de los sucesivos incumplimientos en los pagos por parte guineana se suscribieron convenios de refinanciación del Club de París, el 22 de julio de 1985, el 3 de marzo de 1989 y el 10 de abril de 1992, siendo suscritos por el Banco de España -autorizado por el Ministerio de Economía y Hacienda- y por una Delegación del Gobierno de la República de Guinea.
Como conclusión general del análisis de las deudas anteriormente expuestas, cabe señalar, frente a lo indicado en las alegaciones, que pese a figurar contabilizadas en el activo del balance del Banco de España, deben ser asumidas por el Estado dada su naturaleza. Dos de ellas, las correspondientes a los Bancos Centrales de la República Dominicana y de Guinea Ecuatorial, cuyos saldos a 31 de diciembre de 1999 eran de 2.385 y 696 millones de pesetas, respectivamente, han sido ya canceladas con cargo a créditos del ejercicio 2000.
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Fuente: BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES