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Editorial

CRONICA DE LA CAMPAÑA ( comentarios sobre la Ley electoral)


publicado por: Agustin Nze Nfumu el 02/12/2002 23:45:57 CET

Guinea Ecuatorial celebra el día 15 de diciembre del presente año, Elcciones Presidenciales anticipadas. Todas las fuerzas políticas legalizadas en el País concurren a estos comicios.

En noviembre, día 19, la Campaña Electoral del PDGE se aperturó de forma oficial en el Estadio de fútbol de la Capital de la Nación, La Paz, por el Presidente Fundador del PDGE y Candidato a las Elecciones Presidenciales.

A menos de una semana de esta actividad pública de los Partidos Políticos, la Representación General de la Candidatura del PDGE tuvo acceso a las declaraciones difamatorias contra el PDGE y su Candidato, vertidas por el CPDS durante sus Mítines a la población de Malabo.

Este hecho motivó la rueda de prensa del sábado día 23 de noviembre de los miembros de la Representación General de la Candidatura del PDGE a las Elecciones y de la Dirección Nacional de la Campaña Electoral para mostrar su extrañeza y confusión por la manera en que la Convergencia para la Democracia Social hace la democracia y se dirige al pueblo. Durante dicho encuentro de reflexión, los altos cargos del PDGE manifestaron su preocupación con la siguiente interrogante-¿Por qué nuestros hermanos del CPDS optan por lanzar agravios y descalificaciones, en lugar de presentar al pueblo un programa electoral concreto?-

Agustín NZE NFUMU, Secretario General del PDGE y Representante General de la Candidatura a las Elecciones dijo que el PDGE no podría corresponder con amenazas a esas provocaciones; porque para el PDGE la democracia no significa enemistad ni pelea. La filosofía del Partido Democrático de Guinea Ecuatorial es la de educar para la paz y la fraternidad entre todos los hijos de Guinea Ecuatorial, País que sufrió mucho, hasta el 3 de agosto de 1979, de situaciones causadas por la mala gestión política de la época anterior. Subrayó que un buen hijo de nuestro País no debería entrar en provocaciones cuando lo que espera el pueblo de los actores políticos es asegurar la continuidad del programa de desarrollo ya en curso.

Finalizó invitanto a los militantes del Partido Democrático de Guinea Ecuatorial al civismo y al mantenimiento de la paz y el orden.

Asistieron a la rueda de prensa los Hermanos Militantes Francisco-Pascual OBAMA ASUE, Representante Genral Adjunto de la Candidatura; Alejandro EVUNA OWONO ASANGONO, Director Nacional Adjunto de Camapaña; así como los miembros del equipo de Campaña Batho OBAMA NSUE MENGUE, Mª del Carmen ANDEME ELA y Santiago NGUA NFUMU EYANG. (Crónica de Marcelino NZANG NSONO, Corresponsal de la Oficina Nacional del PDGE para las Elecciones Presidenciales).

La crónica anterior invita a esta Oficina Nacional a insertar en este espacio algunos artículos de la Ley 15/1995, de fecha 9 de junio, por la que se regulan las Eleciones presidenciales, con la intención de que la opinión nacional e internacional valore las violaciones denunciadas por el Representante General de la Candidatura del PDGE en anteriores comunicados:

-Artículo 63.- La Campaña Electoral a que se refeire esta Ley se entenderá que que ha de realizarse a través de los medios de comunicación social nacionales, por lo tanto, la Candidatura que utilice los medios externos quedará automáticamente excluida de la confrontación electoral. (Con la ubicación de la Asociación de Apoyo a la Candidatura del CPDS-OACPDS-en Madrid, España, desde donde se emiten todos los comunicados, se edita toda la propaganda y se adoptan todas las estrategias de campaña de dicha Candidatura, el CPDS, por Ley, hubiera debido ser excluido de la confrontación Electoral).

-Artículo 67.- Todas las actividades de Campaña Electoral deben respetar el orden Constitucional y legal; enmarcarse dentro de las más altas normas de ética y moral, en los que prevalecerán el respeto a:
a).- La dignidad humana de los funcionarios públicos y de los dirigentes y militantes de los Partidos Políticos, Candidatos, Electores y Población en general.
b).- El derecho al buen nombre y a los otros derechos que amparan la reputación de las personas; no debiendo usarse calificaciones insultantes ni referencias degradantes a la persona, al nombre y apllidos de los Candidatos ni a su origen étnico, tribal, distrital o regional.(Sin embargo la Campaña diseñada por la OACPDS y aplicada por el Candidato y el equipo de Campaña de CPDS se caracteriza por insultos sistemáticos, descalificación, ofensas al Candidato del Partido Democrático de Guinea Ecuatorial, sus militantes, simpatizantes y al pueblo en general).

-Artículo 68.- Los que con ocasión de la propaganda electoral injurien, difamen o calumnien, dirijan, promuevan o participen en desórdenes públicos u ocasionen daños a la propiedad ajena o violen cualquier otro precepto contemplado en el artículo precedente, incurrirán en las responsabilidades penal y civil que hubiera lugar en derecho, imponiéndoseles las correspondientes penas en su grado máximo, con encautamiento gubernativo si se trata de documento o material electoral. (Nótese que el PDGE viene denunciando los continuos actos de provocación perpetrados persistentemente por el CPDS en su campaña, destacándose los incidentes de Batete, donde fueron heridos dos jóvenes de ASHO por militantes del CPDS y donde el propio Candidato profirió insultos y amenazas contra el Primer Ministro-Jefe de Gobierno y las autoridades encargadas de velar por la seguridad del desarrollo de las elecciones).

-Artículo 69.- 1:La celebración de actos públicos de Campaña Electoral es libre y no tendrá más limitaciones que el respeto al orden público, a los derechos de terceros, en particular los de otros Partidos Políticos y Candidatos, así como las disposiciones reglamentarias vigentes para el ejercicio del derecho de reunión y manifestaciones públicas. (Se tiene constancia de la actitud soberbia y amenazante de la comitiva electoral del CPDS que pretendió desalojar por la fuerza al grupo de jóvenes de ASHO que, en actividad de campaña, se encontraban en la Plaza del Ayuntamiento de Batete preparando un concierto, conforme al programa establecido. En una clara intención de causar disturbios algunos militantes del CPDS se pasean con cuchillos, martillos, alicates, etc...siendo con uno de estos objetos contundentes que hirieron a dos jóvenes de ASHO en el incidente de Batete arriba señalado).

-Artículo 70.- A todo Candidato le está absolutamente prohibido atentar contra el honor y la consideración del otro Candidato, asimismo se prohibe la destrucción, anulación, deformación o alteración de la propaganda electoral de un Candidato por los seguidores de otro. (Los actos de destrucción sistemática de los posters, afiches y carteles de la propaganda del PDGE por militantes del CPDS son innumerables desde el inicio de la campaña).

Por todo ello, la Oficina Nacional del PDGE desea dejar constancia de su determinación de poner todo el empeño y voluntad para que las elecciones presidenciales se desarrollen en condiciones óptimas de democracia y civismo e invita a las demás Formaciones Políticas a adoptar la misma actitud, en evitación de situaciones no deseadas y de las que solo saldr1a perjudicado el Pueblo de Guinea Ecuatorial.

Malabo, 2 de diciembre de 2002.-
LA OFICINA NACIONAL DEL PDGE.

Fuente: OFICINA NACIONAL

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El contenido de los artículos publicados no refleja necesariamente la opinión de la redacción de guinea-ecuatorial.net
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